Fontanero autónomo Facturas, IVA y cuánto apartar para Hacienda
Un fontanero autónomo factura con el 21 % de IVA, y con el 10 % las averías y reformas en viviendas que cumplen tres requisitos de la Ley del IVA. Sus facturas no llevan retención de IRPF. Ejemplo: con 9.000 € facturados y 3.500 € de gastos en un trimestre, conviene apartar 1.839 €: guardando un 18 % de cada cobro, llegas.
Actualizado el 1 de octubre de 2026 · Equipo de Trimestre. Contrastado con el BOE y la Agencia Tributaria; no es asesoría fiscal.
Aquí tienes la norma y sus artículos para llegar ordenado a tu gestoría. Qué tipo aplicas en cada obra y qué gastos deduces lo confirma tu gestor con tus papeles: Trimestre no presenta modelos por ti.
Qué IVA llevan tus facturas
El tipo no depende solo del trabajo: también de a quién se lo haces y dónde. La misma avería va al 10 % en el piso de un vecino y al 21 % en el bar de abajo. Y si te subcontrata una constructora en una obra nueva, tu factura va sin IVA.
Particular
10 %Avería o reforma en un piso para su uso particular
Si se cumplen los tres requisitos de abajo. Si falla uno, 21 %.
LIVA art. 91.Uno.2.10.º
Particular
21 %Cambio de termo o caldera con el aparato que pones tú
Cuando el material te cuesta más del 40 % de la base. En el cambio de calderas, la AEAT da por hecho que lo pasa.
LIVA art. 91.Uno.2.10.º c) y art. 90; FAQ de obras de la AEAT
Particular o comunidad
21 %Mantenimiento o revisión periódica de la caldera
El mantenimiento no es obra de reparación (criterio de la AEAT).
LIVA art. 90; FAQ de obras de la AEAT
Particular
21 %Avería en un piso de obra nueva
La vivienda se terminó hace menos de dos años.
LIVA art. 91.Uno.2.10.º b)
Comunidad de propietarios
10 %Bajantes, montantes o el cuarto de contadores
Edificio de viviendas con más de dos años y material hasta el 40 % de la base.
LIVA art. 91.Uno.2.10.º a)
Bar, tienda, oficina o empresa
21 %Avería o reforma en su local
El 10 % de reformas es solo para viviendas y para quien no actúa como empresario.
LIVA art. 90
Particular que se construye la casa
10 %La fontanería de la obra nueva, contratada directamente contigo
Si el contrato es directamente contigo y su objeto es construir la vivienda.
LIVA art. 91.Uno.3.1.º
Constructora o instaladora que te subcontrata
Sin IVAFontanería en obra nueva o en una rehabilitación
Inversión del sujeto pasivo: el IVA lo declara tu cliente y la factura lo dice.
LIVA art. 84.Uno.2.º f)
Los tres requisitos del 10 % en una vivienda, tal como están hoy en la ley:
Para quién es la obra. Una persona que no actúa como empresario y usa la vivienda para su uso particular, o una comunidad de propietarios.
El vecino que te llama por una fuga, sí. Una empresa dueña del piso, no (mira el cambio de diciembre).
La casa tiene al menos dos años. Su construcción o rehabilitación terminó, como mínimo, dos años antes de que empieces.
Un piso entregado hace un año va al 21 %, aunque solo cambies un grifo.
El material no pasa del 40 %. Lo que a ti te cuesta el material que pones no supera el 40 % de la base imponible de la factura.
Una fuga con 35 € de material en 180 € de factura cabe. Un termo de 380 € en 600 € de factura, no.
Cambia para las obras que se terminen (o se cobren por adelantado) desde el 1 de diciembre de 2026. Cuenta la fecha del devengo: cuando entregas la obra terminada o cobras un anticipo, no cuando la empiezas. El Real Decreto-ley 26/2026 (BOE del 30 de septiembre) añade dos cosas al 10 % de reformas: vale también para viviendas alquiladas como vivienda habitual, sea quien sea el casero, y solo si todo el importe se paga con tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en tu cuenta. Si parte se cobra en efectivo, el 10 % no se aplica. Pacta la forma de pago en el presupuesto: Hacienda aún no ha aclarado cómo se aplica si la factura se emite antes del cobro. Para un fontanero pesa sobre todo lo segundo: la avería que se cobra en efectivo en la puerta ya no podría ir al 10 %.
Un real decreto-ley tiene que convalidarlo el Congreso en los 30 días siguientes a su promulgación (art. 86.2 de la Constitución), hacia el 29 de octubre de 2026. A 1 de octubre aún no está convalidado: revisa que siga en vigor antes de aplicarlo.
La regla del 40 %, con números de fontanería
Se compara lo que a ti te cuesta el material que pones (lo que pagas en el almacén) con la base imponible de tu factura (lo que cobras sin IVA). Si el material pasa del 40 %, la factura va al 21 % aunque se cumpla todo lo demás:
Reparar una fuga bajo el fregadero
35 € de material / 180 € de base = 19 %
Cabe en el 40 %: 10 % si cumple lo demás
Cambiar un termo eléctrico que pones tú
380 € de material / 600 € de base = 63 %
Pasa del 40 %: 21 %
Reformar las tuberías de un baño
2.100 € de material / 5.800 € de base = 36 %
Cabe en el 40 %: 10 % si cumple lo demás
Dos detalles que cambian la cuenta. Si el termo o la caldera los compra el cliente y tú solo los instalas, tú no aportas ese material. Y la prueba del 40 % es la factura del almacén de esa obra: guárdala junto a la factura que emites.
Si el trabajo te llega por una aseguradora, mira a quién facturas. Según la AEAT, va al 10 % cuando el asegurado que usa la vivienda (o la comunidad) te contrata y se obliga a pagarte; va al 21 % cuando la destinataria es la compañía y la factura sale a su nombre.
Sin retención, tampoco con las comunidades
Te diste de alta en el epígrafe 504.2, instalaciones de fontanería, que también te permite hacer instalaciones de frío, calor y aire acondicionado. Está en la sección 1.ª de las tarifas del IAE: tu actividad es empresarial, no profesional, y la retención del 15 % de los profesionales no va en tus facturas.
El administrador de fincas y el 1 %
Las comunidades de propietarios retienen cuando pagan rentas sujetas a retención, y a veces un administrador aplica el 1 % a la factura de un fontanero. Ese 1 % es la retención de módulos, y la fontanería está fuera de módulos desde 2016: la orden de 2026 no incluye el 504.2. Si te lo aplican, el reglamento prevé que le comuniques por escrito que estás en estimación directa (art. 95.6.3.º del Reglamento del IRPF).
Tu IRPF se adelanta con el 130: el 20 % de lo ganado desde el 1 de enero, menos lo ya pagado ese año. En el ejemplo de abajo son 1.045 €. Por qué no hay módulos ni retención en ningún oficio de la obra, en autónomos de oficio; las fechas, en el calendario fiscal de autónomos.
FuenteBOE · Tarifas del IAE, agrupación 50 (construcción e instalaciones)
FuenteBOE · Instrucción del IAE, regla 3.ª (empresarial o profesional)
FuenteBOE · Reglamento del IRPF, art. 76 (quién retiene)
FuenteBOE · Reglamento del IRPF, art. 95 (retenciones de actividades)
FuenteBOE · Orden HAC/1425/2025, art. 1 (actividades en módulos en 2026)
FuenteBOE · Reglamento del IRPF, art. 110 (pago fraccionado del 20 %)
Los tickets que más se pierden en fontanería
El gasto de un fontanero va en tickets pequeños y sueltos: el manguito de la mañana, el latiguillo de la tarde. Son los que acaban en el bolsillo del mono. Esto es lo que debería llevar cada uno:
Mostrador del almacén de fontanería
Manguitos, latiguillos, válvulas, teflón. Papel térmico que se borra con el tiempo.
Que lleve: tu NIF. Si es un ticket, que ponga también tu domicilio y el IVA aparte: si lo pides, están obligados.
El termo o la caldera de una obra
Sale con albarán y la factura llega a fin de mes, mezclada con todo lo demás.
Que lleve: la factura, no el albarán, y para qué obra era. Es tu prueba de la regla del 40 %.
Gasoil de la furgoneta
El ticket de la gasolinera, que se queda en la guantera.
Que lleve: tus datos y el IVA desglosado. Si puedes, la matrícula: le ahorra una pregunta a tu gestoría.
Alquiler de máquina o herramienta
La desatascadora o la cámara de inspección de un día, pagada con tarjeta y sin papel.
Que lleve: factura a tu nombre con el IVA aparte.
Aparcamiento y zona azul en avisos
El tique de la máquina, sin datos de nadie.
Que lleve: el justificante y una nota de qué aviso era. Tu gestoría decide cómo lo apunta.
Para deducir el IVA hace falta la factura (o el ticket con tus datos y el IVA aparte); un albarán no sirve. La diferencia, explicada en la guía ticket o factura: cuál sirve para deducir el IVA. Con Trimestre haces la foto en el mismo mostrador y queda leída y guardada. La foto no es una copia certificada: antes de tirar el papel, lee si puedes tirar los tickets después de la foto.
Un trimestre de fontanero, resuelto
Averías y una reforma de baño en pisos de particulares al 10 %, y trabajos en dos bares y una tienda al 21 %. El material lo paga al 21 %, aunque más de la mitad de lo que factura vaya al 10 %, y ese IVA de las compras se resta en su 303.
Ejemplo · fontanero, primer trimestre
Los datos del trimestre (sin IVA)
- Trabajos al 21 %
- 4.000 €
- Trabajos al 10 %
- 5.000 €
- Gastos con IVA al 21 % (base)
- 2.600 €
- Gastos sin IVA (cuota de autónomos)
- 900 €
La cuenta
- IVA que cobras
- 1.340 €
- − IVA de tus gastos
- 546 €
- IVA a ingresar (303)
- 794 €
- Ingresos − gastos
- 5.500 €
- − 5 % de difícil justificación
- 275 €
- Rendimiento neto
- 5.225 €
- Pago fraccionado: 20 % (130)
- 1.045 €
Para apartar este trimestre
1.839 €un 18 % de cada cobro
Has cobrado 10.340 € (bases más IVA). Si apartas ese porcentaje, redondeado hacia arriba, de cada cobro, el día del plazo el dinero ya está ahí.
Ejemplo inventado. Primer trimestre del año, estimación directa simplificada, sin retenciones y sin la minoración del art. 110.3.c del Reglamento del IRPF. Son las mismas cuentas que hace la calculadora de cuánto apartar: mete ahí tus cifras.
Preguntas frecuentes
¿Qué IVA pongo en una avería en casa de un particular?
El 10 % si se cumplen los tres requisitos del art. 91.Uno.2.10.º de la Ley del IVA: el cliente es una persona que usa la vivienda para su uso particular (o una comunidad de propietarios), la vivienda se terminó hace al menos dos años y el material que pones no te cuesta más del 40 % de la base de la factura. Si falla uno, el 21 %.
Si cambio un termo, ¿va al 10 % o al 21 %?
Depende de lo que te cuesta el termo frente a lo que facturas sin IVA. Si el termo te cuesta 380 € y la base de la factura es de 600 €, el material es el 63 %: pasa del 40 % y va al 21 %. Si el termo lo compra el cliente y tú solo lo instalas, no aportas material y puede ir al 10 % si se cumplen los otros dos requisitos.
¿Mis facturas de fontanero llevan retención de IRPF?
En estimación directa, no. La retención del 15 % es para actividades profesionales, y la fontanería (epígrafe 504.2 del IAE) es una actividad empresarial. La del 1 % es solo para quien está en módulos, y la fontanería está fuera de módulos desde 2016.
¿Puede un fontanero tributar por módulos en 2026?
No. Desde 2016 las actividades de construcción e instalaciones con retención del 1 % quedaron fuera de módulos (disposición adicional 36.ª de la Ley del IRPF), y la orden de módulos de 2026 no incluye el epígrafe 504.2. Tu rendimiento va en estimación directa y presentas el modelo 130 cada trimestre.
¿Puedo cobrar una avería en efectivo y aplicar el 10 %?
En las obras con devengo hasta el 30 de noviembre de 2026, la ley no pone condición sobre la forma de pago. En las que se terminen o se cobren por adelantado desde el 1 de diciembre, si el Real Decreto-ley 26/2026 sigue en vigor, el 10 % exige que todo el importe se pague con tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta. Con una parte en efectivo, la avería iría al 21 %.
Lo siguiente que te sirve
- IVA del 10 % en reformas de viviendaLos requisitos uno a uno, con casos de baños, cocinas y comunidades.
- Calculadora de facturaBase, IVA al 10 o al 21 % y total, para pasar el presupuesto.
- Cuánto apartar cada trimestreTus cifras en la misma cuenta que el ejemplo de esta página.
- Autónomos de oficioLo que comparten fontaneros, electricistas y albañiles.
Fuentes oficiales
Leídas en el BOE consolidado y en la Agencia Tributaria el 1 de octubre de 2026. Si una norma cambia, manda la norma.
- BOE · Ley del IVA, art. 90 (tipo general del 21 %)El 21 % es el tipo de cualquier trabajo que no encaje en un tipo reducido. El tipo que vale es el del día del devengo.
- BOE · Ley del IVA, art. 91.Uno.2.10.º y 91.Uno.3.1.º (10 %, redacción vigente)Renovación y reparación de viviendas (destinatario, dos años desde la construcción, materiales hasta el 40 % de la base) y obra nueva de viviendas, si el contrato es directamente con el promotor y su objeto es construir la vivienda.
- BOE · Real Decreto-ley 26/2026, art. 7.Tres (cambia el 10 % de reformas)Para las obras con devengo desde el 1 de diciembre de 2026 (obra entregada o anticipo cobrado): el 10 % también para viviendas alquiladas como vivienda habitual, y solo si todo el importe se paga con tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta.
- BOE · Constitución, art. 86.2 (convalidación de los decretos-leyes)El Congreso tiene 30 días desde la promulgación para convalidar o derogar un real decreto-ley: para el RDL 26/2026, hacia el 29 de octubre de 2026.
- BOE · Ley del IVA, art. 84.Uno.2.º f) (inversión del sujeto pasivo)Obras de urbanización, construcción o rehabilitación contratadas por un promotor empresario, y toda la cadena de subcontratas: el IVA lo declara el cliente.
- BOE · Reglamento del IVA, art. 24 quater (aviso del cliente)Quien te contrata debe, en su caso, comunicarte de forma expresa y fehaciente, con carácter previo o simultáneo a la obra, que es de construcción o rehabilitación. La inversión la impone la ley; el aviso es obligación de tu cliente.
- BOE · Reglamento de facturación, art. 6.1.m) (mención en la factura)Si el que declara el IVA es tu cliente, la factura dice «inversión del sujeto pasivo».
- BOE · Reglamento de facturación, art. 7.2 (ticket con tus datos)Si eres autónomo y lo pides, el ticket (factura simplificada) tiene que llevar tu NIF, tu domicilio y la cuota de IVA aparte.
- BOE · Ley del IVA, art. 97 (documento para deducir el IVA)Para deducir el IVA soportado hace falta la factura. Un albarán no lo es.
- BOE · Reglamento del IRPF, art. 95 (retenciones de actividades)El 15 % es para actividades profesionales (secciones 2.ª y 3.ª del IAE). El 1 % del apartado 6 es solo para quien está en módulos; en directa se comunica al pagador (6.3.º).
- BOE · Instrucción del IAE, regla 3.ª (empresarial o profesional)Las actividades de la sección 1.ª de las tarifas, donde están los oficios de la obra, son empresariales.
- BOE · Tarifas del IAE, agrupación 50 (construcción e instalaciones)Epígrafes 501.3 (albañilería y pequeños trabajos), 504.1 (instalaciones eléctricas), 504.2 (fontanería) y 504.3 (frío, calor y aire acondicionado).
- BOE · Ley del IRPF, disposición adicional 36.ª (fuera de módulos desde 2016)Por mandato de esta disposición, desde 2016 la orden de módulos deja fuera las actividades de las divisiones 3, 4 y 5 del IAE con retención del 1 %, también del régimen simplificado del IVA.
- BOE · Orden HAC/1425/2025, art. 1 (actividades en módulos en 2026)La lista de 2026 no incluye albañilería (501.3) ni instalaciones (504.1, 504.2 y 504.3).
- BOE · Reglamento del IRPF, art. 110 (pago fraccionado del 20 %)En estimación directa, el 20 % del rendimiento neto acumulado desde el 1 de enero, menos lo ya pagado ese año. Las retenciones solo se restan en el 130 de los profesionales (apartado 3).
- BOE · Reglamento del IRPF, art. 76 (quién retiene)Empresas y demás entidades, incluidas las comunidades de propietarios, y los autónomos cuando pagan dentro de su actividad, solo cuando pagan rentas sujetas a retención; las facturas de un oficio en estimación directa no lo son.
- AEAT · Preguntas frecuentes sobre obras y reparaciones en inmueblesEl mantenimiento de calderas e instalaciones va al 21 %; cambiar una caldera, por lo normal, pasa del 40 % de material; y quién es el destinatario cuando paga una aseguradora.
- BOE · Reglamento del IRPF, art. 30 (estimación directa simplificada)Provisiones y gastos de difícil justificación: 5 % del rendimiento neto, con un máximo de 2.000 € al año.
- AEAT · Gastos del titular de la actividadLas cotizaciones del titular al régimen de autónomos son gasto deducible de la actividad.
Del almacén al trimestre, sin la caja.
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