¿Un ticket sirve para deducir el IVA?
Un ticket normal, no. Para deducir el IVA necesitas una factura: la completa, o una simplificada que lleve tu NIF, tu domicilio y la cuota de IVA por separado (Reglamento de facturación, art. 7.2, y Ley del IVA, art. 97). Pídela al pagar: si compras para tu trabajo, la tienda tiene que dártela.
Actualizado el 1 de octubre de 2026 · Equipo de Trimestre (LPB Digital). Contrastado con la Agencia Tributaria; no es asesoría fiscal.
Esta guía te ayuda a llegar ordenado a tu gestoría. Qué te toca presentar, qué puedes deducir y en qué plazo lo decide tu gestor con tus datos: Trimestre no presenta modelos por ti.
Ticket, factura simplificada y factura completa
Desde 2013, lo que antes se llamaba «ticket» es, para la norma, una factura simplificada: el preámbulo del Real Decreto 1619/2012 dice que «viene a sustituir a los denominados tiques». Hay dos tipos de factura, la simplificada y la completa, y las dos pueden servir para deducir el IVA si llevan los datos que tocan.
- Factura simplificada
- La de mostrador. Se puede hacer hasta 400 € con IVA, o hasta 3.000 € en una lista de actividades como bares, aparcamientos o peajes (art. 4). Por defecto no lleva los datos del cliente.
- Factura completa
- La de toda la vida: lleva el nombre, el NIF y el domicilio de quien vende y de quien compra, la base, el tipo y la cuota de IVA por separado (art. 6).
Tres datos que hacen que un ticket te sirva para el IVA
La Ley del IVA solo deja deducir a quien tiene la factura original con todos sus requisitos (art. 97.Uno y Dos). Para una factura simplificada, el requisito clave está en el artículo 7.2 del Reglamento de facturación: si el cliente es empresario o profesional y lo pide, el vendedor tiene que añadir:
Tu NIF.
Tu domicilio.
La cuota de IVA, escrita aparte del total.
El tercero importa más de lo que parece. Un «IVA incluido» no basta: la ley no deja deducir más IVA que la cuota «expresa y separadamente consignada» en el documento (art. 97.Tres). La Agencia Tributaria lo resume igual: para deducir con una factura simplificada tienen que constar tu NIF, tu domicilio y la cuota por separado.
Qué papel te dan y si vale para el IVA
Resguardo de la tarjetaNo
Importe, fecha y los últimos números de la tarjeta.
Prueba el pago, no es una factura (Ley del IVA, art. 97.Uno).
Ticket o factura simplificada sin tus datosNo
Número, fecha, NIF y nombre del vendedor, qué compraste, tipo de IVA (a veces con «IVA incluido») y total (art. 7.1).
Le faltan tu NIF, tu domicilio y la cuota de IVA por separado (art. 7.2).
Factura simplificada con tus datosSí
Lo anterior más tu NIF, tu domicilio y la cuota de IVA escrita aparte (art. 7.2).
Sí, si el gasto es de tu actividad (arts. 95 y 96 de la Ley del IVA).
Factura completaSí
Número, fecha, nombre, NIF y domicilio de los dos, descripción, base, tipo y cuota aparte (art. 6).
Sí, con la misma condición: que el gasto sea de tu actividad.
| Qué papel te dan | Qué lleva | ¿Vale para deducir el IVA? |
|---|---|---|
| Resguardo de la tarjeta | Importe, fecha y los últimos números de la tarjeta. | NoPrueba el pago, no es una factura (Ley del IVA, art. 97.Uno). |
| Ticket o factura simplificada sin tus datos | Número, fecha, NIF y nombre del vendedor, qué compraste, tipo de IVA (a veces con «IVA incluido») y total (art. 7.1). | NoLe faltan tu NIF, tu domicilio y la cuota de IVA por separado (art. 7.2). |
| Factura simplificada con tus datos | Lo anterior más tu NIF, tu domicilio y la cuota de IVA escrita aparte (art. 7.2). | SíSí, si el gasto es de tu actividad (arts. 95 y 96 de la Ley del IVA). |
| Factura completa | Número, fecha, nombre, NIF y domicilio de los dos, descripción, base, tipo y cuota aparte (art. 6). | SíSí, con la misma condición: que el gasto sea de tu actividad. |
Los artículos sin nombre de ley son del Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012). El papel es la primera condición; la segunda es que el gasto esté afecto a tu actividad y no esté excluido (Ley del IVA, arts. 95 y 96).
Qué pedir en cada sitio
La frase es la misma en todas partes: «¿Me haces factura? A nombre de…, NIF…, dirección…, con el IVA aparte». Llévala apuntada en una nota del móvil y la dictas sin errores. Como autónomo que compra para su trabajo, tienen que dártela (Reglamento de facturación, art. 2.2.a).
Ferretería y almacén
Pide factura con tu NIF y tu dirección. Si la compra pasa de 400 € con IVA, tiene que ser una factura completa: el límite de 3.000 € de las ventas al por menor solo vale cuando quien compra no lo hace como autónomo (art. 4.2.a). Si vas siempre al mismo almacén, pide que te den de alta como cliente con tus datos.
Gasolinera
Pide la factura con tus datos en caja, antes de irte. Lo que puedes deducir del combustible depende de para qué usas el vehículo (Ley del IVA, art. 95): eso lo concreta tu gestoría.
Bar y restaurante
Pueden darte factura simplificada hasta 3.000 € (art. 4.2.e). Pide que lleve tus datos. Ojo: el IVA de comidas y hostelería solo se deduce si el gasto es deducible en tu IRPF (Ley del IVA, art. 96.Uno.6.º). Si invitas a un cliente, ese IVA no se deduce nunca (art. 96.Uno.5.º).
Aparcamiento y peaje
También admiten simplificada hasta 3.000 € (art. 4.2.k y 4.2.n). Si la máquina solo te da un ticket sin tus datos, pide la factura al operador.
¿Ya te fuiste solo con el ticket? Vuelve con él y pide que te lo cambien por una factura con tus datos: el Reglamento de facturación prevé ese canje (art. 15.6). Cuanto antes, mejor: si compras como autónomo, la tienda tenía que hacerte la factura antes del día 16 del mes siguiente a la compra (art. 11.1). Y si la factura llega con un dato mal, pide que la corrijan: sin rectificar, no justifica la deducción (Ley del IVA, art. 97.Dos).
Ejemplo: el mismo gasto, con y sin tus datos
Ejemplo inventado. Compras material en la ferretería por 48,40 €, con IVA al 21 % incluido. Gasto de tu actividad.
- Base (48,40 ÷ 1,21)
- 40,00 €
- Cuota de IVA (40,00 × 21 %)
- 8,40 €
- Deducible con ticket sin tus datos
- 0,00 €
- Deducible con factura a tu nombre
- 8,40 €
30 compras así en un trimestre
252,00 €
30 × 8,40 € de IVA que dejas de deducir si solo guardas tickets.
Aunque no te sirva para el IVA, guarda el ticket: para el gasto en el IRPF la factura es la prueba preferente, no la única (Ley General Tributaria, art. 106.4). Lo valora tu gestoría.
FuenteBOE · Ley General Tributaria, artículo 106.4
Si quieres hacer la cuenta con tus importes, la calculadora de factura saca la base y el IVA de un total.
Ojo con los tickets sin tus datos
Cuando haces foto a un ticket o una factura, Trimestre lee la fecha, la base y el IVA. Si no lo lee con seguridad, te pide que lo confirmes, y hasta entonces no entra en la previsión. Trimestre no comprueba si el papel lleva tu NIF y tu domicilio: la previsión orientativa suma el IVA de todo lo que has subido. Si un ticket no lleva tus datos, coméntaselo a tu gestoría, porque ese IVA seguramente no se pueda deducir y la previsión te saldrá algo más optimista.
Y el papel, guárdalo aunque tengas la foto: lo explicamos en ¿puedo tirar los tickets después de hacerles una foto?, y el plazo en cuánto tiempo hay que guardar las facturas.
Preguntas frecuentes
¿Se puede deducir el IVA de un ticket?
De un ticket sin tus datos, no. Para deducir el IVA hace falta una factura (Ley del IVA, art. 97.Uno). Una factura simplificada vale si el vendedor añade tu NIF, tu domicilio y la cuota de IVA por separado, como indica el artículo 7.2 del Reglamento de facturación y recuerda la Agencia Tributaria. Además, el gasto tiene que ser de tu actividad.¿Qué tiene que llevar una factura simplificada para deducir el IVA?
Lo de cualquier factura simplificada (número, fecha, NIF y nombre del vendedor, qué has comprado, tipo de IVA y total, según el art. 7.1 del Reglamento de facturación) y, además, tu NIF, tu domicilio y la cuota de IVA escrita aparte (art. 7.2).Si soy autónomo, ¿me pueden negar la factura?
La norma dice que no. El Reglamento de facturación obliga a expedir factura siempre que el cliente sea un empresario o profesional que actúa como tal (art. 2.2.a). Y si pides una simplificada con tus datos, el vendedor tiene que ponerlos (art. 7.2).¿Puedo pedir la factura después de pagar?
Sí. Vuelve con el ticket y pide que te lo cambien por una factura con tus datos: el Reglamento de facturación prevé ese canje (art. 15.6). Cuanto antes, mejor: si compras como autónomo, la tienda tenía que hacerte la factura antes del día 16 del mes siguiente a la compra (art. 11.1).¿Vale el resguardo de la tarjeta para deducir el IVA?
No. El resguardo del datáfono solo prueba que pagaste. No es una factura, y la Ley del IVA (art. 97.Uno) solo acepta la factura original y unos pocos documentos más, como el de las importaciones.¿Hasta qué importe me pueden dar una factura simplificada?
Hasta 400 € con IVA incluido, en general. En bares y restaurantes, aparcamientos, peajes, taxis y otras actividades de la lista del artículo 4.2 (o las que autorice la Agencia Tributaria), hasta 3.000 € (Reglamento de facturación, art. 4). El límite de 3.000 € de las ventas al por menor no se aplica cuando compras como autónomo para tu trabajo.
Hasta dónde llega esta guía
- Habla del papel. Si un gasto concreto es deducible depende de tu actividad y del uso que le das: lo confirma tu gestoría.
- No cubre compras a proveedores de otros países ni importaciones, que tienen documentos propios.
- No cubre el recargo de equivalencia ni los módulos (estimación objetiva).
- No cubre el País Vasco ni Navarra, que tienen normativa foral propia.
Lo siguiente que te sirve
- ¿Puedo tirar los tickets después de hacerles una foto?Por qué la foto del móvil no sustituye al papel y cómo guardarlo sin líos.
- ¿Cuánto tiempo hay que guardar las facturas?Cuatro años, seis o más: qué plazo cuenta para qué, con un calendario de ejemplo.
- Organizar facturas para la gestoríaEl orden de cada semana para llegar al cierre del trimestre sin un montón de tickets.
- Calculadora de factura con IVASaca la base y la cuota de IVA de un total, o al revés.
Referencias oficiales
Enlaces a la Agencia Tributaria y al BOE para contrastar la norma. Son el punto de partida, no un criterio para tu caso.
- BOE · Ley del IVA, artículo 97Uno: solo justifica la deducción la factura original. Dos: si le falta un requisito, no vale hasta que se rectifique. Tres: nunca más IVA del que aparece por separado.
- BOE · Reglamento de facturación (RD 1619/2012), artículo 7Contenido de la factura simplificada (7.1) y los datos que hay que añadir si el cliente es autónomo o empresa y lo pide: NIF, domicilio y cuota de IVA aparte (7.2).
- BOE · Reglamento de facturación, artículo 6Contenido de la factura completa: número, fecha, nombre, NIF y domicilio de las dos partes, descripción, base, tipo y cuota.
- BOE · Reglamento de facturación, artículo 4Cuándo se puede hacer factura simplificada: hasta 400 € con IVA, y hasta 3.000 € en la lista de actividades del apartado 2.
- BOE · Reglamento de facturación, artículos 2 y 11Art. 2.2.a: si el cliente es empresario o profesional, siempre hay que darle factura. Art. 11.1: plazo, antes del día 16 del mes siguiente.
- BOE · Reglamento de facturación, artículo 15.6La factura que se expide en sustitución o canje de una factura simplificada anterior no es una rectificativa.
- BOE · Ley del IVA, artículos 95 y 96El gasto tiene que estar afecto a tu actividad (95) y hay gastos excluidos: atenciones a clientes siempre, y comidas y hostelería salvo que sean deducibles en el IRPF (96).
- BOE · Ley General Tributaria, artículo 106.4Los gastos deducibles se justifican de forma prioritaria con factura: es la prueba preferente, no la única.
- AEAT · Tipos de facturaFactura simplificada y completa. Para deducir el IVA con una simplificada tiene que constar el NIF y el domicilio del destinatario y la cuota repercutida por separado.
Del papel al trimestre, sin la caja.
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