Autónomos de oficio Tickets, IVA y Hacienda para fontaneros, electricistas y albañiles
Fontaneros, electricistas y albañiles comparten cuatro cosas: tickets que se pierden, un IVA que cambia según el cliente (21 %, 10 % o sin IVA en subcontrata), facturas sin retención y, desde 2016, nada de módulos: todo va en estimación directa. Aquí tienes cada regla con su artículo y lo que cambia en tu oficio.
Actualizado el 1 de octubre de 2026 · Equipo de Trimestre. Contrastado con el BOE y la Agencia Tributaria; no es asesoría fiscal.
Aquí tienes la norma y sus artículos para llegar ordenado a tu gestoría. Qué tipo aplicas en cada obra y qué gastos deduces lo confirma tu gestor con tus papeles: Trimestre no presenta modelos por ti.
Lo que cambia en cada oficio
- FontanerosAverías al 10 % o al 21 %, el termo y la regla del 40 %, y el cobro en efectivo desde diciembre.IAE 504.2Ejemplo: aparta 1.839 € (18 %)
- ElectricistasVivienda, local o comunidad; subcontrata de constructora o de reformista; y el boletín.IAE 504.1Ejemplo: aparta 2.409,50 € (20 %)
- AlbañilesSubcontrata sin IVA, qué es rehabilitación, obra nueva para un particular y el límite del 501.3.IAE 501.3Ejemplo: aparta 1.624,50 € (13 %)
Los tickets que se pierden
Un oficio gasta en papeles pequeños: el mostrador del almacén, el gasoil, el albarán del material de una obra. Son los que acaban en el bolsillo del mono o en la guantera, y los que tu gestoría te pide en el último momento. Tres reglas que valen para todos:
- Un albarán no es una factura. Para deducir el IVA hace falta la factura.
- Un ticket puede valer si lleva tu NIF, tu domicilio y el IVA aparte. Si eres autónomo y lo pides, el vendedor tiene que ponerlos.
- Apunta la obra. En el 10 % de reformas, la factura del material de cada obra es la prueba de la regla del 40 %.
Más detalle en ticket o factura: cuál sirve para deducir el IVA y en cuánto tiempo hay que guardar las facturas.
El IVA depende de a quién facturas
En la obra el mismo trabajo puede ir a tres tipos distintos. Lo que decide es el cliente, si es vivienda y si la obra es construcción o rehabilitación:
Particular
10 %Reparación o reforma en una vivienda para su uso particular
Vivienda con más de dos años y material hasta el 40 % de la base. Si no, 21 %.
LIVA art. 91.Uno.2.10.º
Comunidad de propietarios
10 %Zonas comunes de un edificio de viviendas
Con los mismos requisitos de los dos años y del 40 %.
LIVA art. 91.Uno.2.10.º a)
Negocio o empresa
21 %Trabajos en un local, oficina o nave
El tipo general: el 10 % de reformas es para viviendas.
LIVA art. 90
Constructora o promotor empresa
Sin IVAObra nueva o rehabilitación, también en subcontrata
Inversión del sujeto pasivo: lo declara tu cliente.
LIVA art. 84.Uno.2.º f)
Cambia para las obras que se terminen (o se cobren por adelantado) desde el 1 de diciembre de 2026. Cuenta la fecha del devengo: cuando entregas la obra terminada o cobras un anticipo, no cuando la empiezas. El Real Decreto-ley 26/2026 (BOE del 30 de septiembre) añade dos cosas al 10 % de reformas: vale también para viviendas alquiladas como vivienda habitual, sea quien sea el casero, y solo si todo el importe se paga con tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en tu cuenta. Si parte se cobra en efectivo, el 10 % no se aplica. Pacta la forma de pago en el presupuesto: Hacienda aún no ha aclarado cómo se aplica si la factura se emite antes del cobro. Si cobras reparaciones en efectivo, es el cambio que más te toca.
Un real decreto-ley tiene que convalidarlo el Congreso en los 30 días siguientes a su promulgación (art. 86.2 de la Constitución), hacia el 29 de octubre de 2026. A 1 de octubre aún no está convalidado: revisa que siga en vigor antes de aplicarlo.
Los requisitos del 10 %, uno a uno, en la guía de IVA en reformas de vivienda, y la subcontrata sin IVA en la de inversión del sujeto pasivo en obras.
Tus facturas no llevan retención
La retención del 15 % que ves en las facturas de un abogado o de un diseñador es para actividades profesionales. Los oficios de la obra están en la sección 1.ª del IAE: son actividades empresariales y sus facturas van sin retención. Por eso en tu caso el IRPF se adelanta con el modelo 130, el 20 % de lo ganado desde enero, y la excepción del 70 % de ingresos con retención no te quita de presentarlo.
El 1 % que a veces aparece es la retención de módulos. Si una empresa o una comunidad te lo aplica estando en estimación directa, el reglamento prevé que se lo comuniques por escrito.
Fuera de módulos desde 2016
Desde 2016, por mandato de la disposición adicional 36.ª de la Ley del IRPF, la orden de módulos deja fuera las actividades de las divisiones 3, 4 y 5 del IAE con retención del 1 %, también del régimen simplificado del IVA. La orden de 2026 sigue sin incluir los epígrafes 501.3, 504.1, 504.2 ni 504.3. Si un papel antiguo te habla del modelo 131 o de la retención del 1 %, es la regla de antes.
Además, quien lleva una actividad en estimación directa no puede aplicar módulos en las demás. Así que tu trimestre es estimación directa en el IRPF y régimen general en el IVA: el 303 y el 130, con los plazos del calendario fiscal de autónomos. Para eso está hecha la previsión de Trimestre: una cifra orientativa con tus facturas confirmadas, que tu gestoría cierra.
FuenteBOE · Ley del IRPF, disposición adicional 36.ª (fuera de módulos desde 2016)
FuenteBOE · Orden HAC/1425/2025, art. 1 (actividades en módulos en 2026)
FuenteBOE · Ley del IRPF, art. 31.1.3.ª a) (directa en una, directa en todas)
FuenteBOE · Tarifas del IAE, agrupación 50 (construcción e instalaciones)
Qué hace Trimestre en un oficio
Foto al ticketEn el mostrador del almacén. Un lector lo pasa a datos y tú lo revisas.
Cuánto llevas para HaciendaUna previsión orientativa de IVA e IRPF en estimación directa, solo con lo confirmado.
El trimestre a la gestoríaLe mandas un enlace privado con tus facturas del trimestre, en vez de la caja de zapatos.
Facturas en PDFCon IVA al 21 o al 10 %. Todavía no son VERI*FACTU.
Trimestre no presenta el 303 ni el 130 y no sustituye a tu gestoría: te ayuda a llegar con los papeles en orden y sin sustos. Más en cómo organizar las facturas para la gestoría.
Preguntas frecuentes
¿Puede un autónomo de oficio tributar por módulos?
Un fontanero, un electricista o un albañil, no. Desde 2016, por mandato de la disposición adicional 36.ª de la Ley del IRPF, la orden de módulos deja fuera las actividades de las divisiones 3, 4 y 5 del IAE con retención del 1 %, también del régimen simplificado del IVA. La orden de 2026 sigue sin incluir los epígrafes 501.3, 504.1, 504.2 ni 504.3. Van en estimación directa y en el régimen general del IVA, con el 303 y el 130 cada trimestre.
¿Llevan retención de IRPF las facturas de un fontanero, un electricista o un albañil?
En estimación directa, no. La retención del 15 % es para actividades profesionales, y estos oficios están en la sección 1.ª del IAE, la de las actividades empresariales. La retención del 1 % es solo para quien está en módulos.
¿Qué IVA cobra un autónomo de oficio?
El 21 % por norma. El 10 % en reparaciones y reformas de viviendas cuando se cumplen los requisitos del art. 91.Uno.2.10.º de la Ley del IVA, y en obra nueva de viviendas si el promotor te contrata directamente y el objeto es construir la vivienda. Y sin IVA cuando una constructora te subcontrata en una obra de construcción o rehabilitación: es inversión del sujeto pasivo.
¿Cuánto tiene que apartar un autónomo de oficio cada trimestre?
Depende de su IVA y de sus gastos. En los ejemplos de esta web, para un primer trimestre sin retenciones: a un fontanero le basta con guardar un 18 % de cada cobro, a un electricista un 20 % y a un albañil que trabaja casi todo en subcontrata un 13 % (redondeado hacia arriba). Con tus cifras, la calculadora de cuánto apartar te da el tuyo.
¿Qué hace Trimestre por un autónomo de oficio?
Haces foto a tickets y facturas, un lector los pasa a datos y tú los revisas. Con las facturas confirmadas te enseña una previsión orientativa de IVA y de IRPF, y mandas el trimestre a tu gestoría con un enlace privado. También emite facturas en PDF, que todavía no son VERI*FACTU. No presenta modelos por ti.
Lo siguiente que te sirve
- Cuánto apartar cada trimestreIVA y pago fraccionado del IRPF con tus cifras, trimestre a trimestre.
- Calculadora de facturaBase, IVA al 10 o al 21 % y total de un presupuesto.
- Cuota de autónomos 2026Tu tramo y tu cuota según lo que ganas de verdad.
- Sueldo neto de autónomoLo que te queda después de la cuota y el IRPF.
Fuentes oficiales
Leídas en el BOE consolidado y en la Agencia Tributaria el 1 de octubre de 2026. Si una norma cambia, manda la norma.
- BOE · Ley del IVA, art. 90 (tipo general del 21 %)El 21 % es el tipo de cualquier trabajo que no encaje en un tipo reducido. El tipo que vale es el del día del devengo.
- BOE · Ley del IVA, art. 91.Uno.2.10.º y 91.Uno.3.1.º (10 %, redacción vigente)Renovación y reparación de viviendas (destinatario, dos años desde la construcción, materiales hasta el 40 % de la base) y obra nueva de viviendas, si el contrato es directamente con el promotor y su objeto es construir la vivienda.
- BOE · Real Decreto-ley 26/2026, art. 7.Tres (cambia el 10 % de reformas)Para las obras con devengo desde el 1 de diciembre de 2026 (obra entregada o anticipo cobrado): el 10 % también para viviendas alquiladas como vivienda habitual, y solo si todo el importe se paga con tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta.
- BOE · Constitución, art. 86.2 (convalidación de los decretos-leyes)El Congreso tiene 30 días desde la promulgación para convalidar o derogar un real decreto-ley: para el RDL 26/2026, hacia el 29 de octubre de 2026.
- BOE · Ley del IVA, art. 84.Uno.2.º f) (inversión del sujeto pasivo)Obras de urbanización, construcción o rehabilitación contratadas por un promotor empresario, y toda la cadena de subcontratas: el IVA lo declara el cliente.
- BOE · Ley del IVA, art. 20.Uno.22.º B (qué es rehabilitación)Más del 50 % del coste en estructura, fachadas o cubiertas (u obras análogas o conexas), y un coste total de más del 25 % del precio de compra del edificio (si se compró en los dos años anteriores) o de su valor de mercado, en ambos casos sin el suelo.
- BOE · Reglamento de facturación, art. 7.2 (ticket con tus datos)Si eres autónomo y lo pides, el ticket (factura simplificada) tiene que llevar tu NIF, tu domicilio y la cuota de IVA aparte.
- BOE · Ley del IVA, art. 97 (documento para deducir el IVA)Para deducir el IVA soportado hace falta la factura. Un albarán no lo es.
- BOE · Reglamento del IRPF, art. 95 (retenciones de actividades)El 15 % es para actividades profesionales (secciones 2.ª y 3.ª del IAE). El 1 % del apartado 6 es solo para quien está en módulos; en directa se comunica al pagador (6.3.º).
- BOE · Instrucción del IAE, regla 3.ª (empresarial o profesional)Las actividades de la sección 1.ª de las tarifas, donde están los oficios de la obra, son empresariales.
- BOE · Tarifas del IAE, agrupación 50 (construcción e instalaciones)Epígrafes 501.3 (albañilería y pequeños trabajos), 504.1 (instalaciones eléctricas), 504.2 (fontanería) y 504.3 (frío, calor y aire acondicionado).
- BOE · Ley del IRPF, disposición adicional 36.ª (fuera de módulos desde 2016)Por mandato de esta disposición, desde 2016 la orden de módulos deja fuera las actividades de las divisiones 3, 4 y 5 del IAE con retención del 1 %, también del régimen simplificado del IVA.
- BOE · Orden HAC/1425/2025, art. 1 (actividades en módulos en 2026)La lista de 2026 no incluye albañilería (501.3) ni instalaciones (504.1, 504.2 y 504.3).
- BOE · Ley del IRPF, art. 31.1.3.ª a) (directa en una, directa en todas)Quien lleva alguna actividad en estimación directa no puede aplicar módulos en las demás.
- BOE · Reglamento del IRPF, art. 110 (pago fraccionado del 20 %)En estimación directa, el 20 % del rendimiento neto acumulado desde el 1 de enero, menos lo ya pagado ese año. Las retenciones solo se restan en el 130 de los profesionales (apartado 3).
- BOE · Reglamento del IRPF, art. 109 (quién hace el pago fraccionado)La excepción del 70 % de ingresos con retención es para actividades profesionales, agrícolas, ganaderas y forestales, no para los oficios.
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