Inversión del sujeto pasivo en obras: cuándo facturar sin IVA
Facturas sin IVA, con la mención «inversión del sujeto pasivo», cuando haces una obra de urbanización, construcción o rehabilitación de edificios para un promotor o una constructora que actúan como empresarios, también si vas de subcontrata. El IVA lo declara tu cliente. Una reforma o una reparación para un particular lleva IVA, como siempre.
Actualizado el 1 de octubre de 2026 · Equipo de Trimestre (LPB Digital). Contrastado con la Agencia Tributaria; no es asesoría fiscal.
Esta guía te ayuda a llegar ordenado a tu gestoría. Qué te toca presentar, qué puedes deducir y en qué plazo lo decide tu gestor con tus datos: Trimestre no presenta modelos por ti.
El IVA lo declara quien recibe la obra
Definición
Inversión del sujeto pasivo: en vez de cobrar el IVA tú y pagarlo a Hacienda, lo declara el empresario que recibe tu trabajo. Tu factura lleva la base, sin cuota de IVA, y la mención «inversión del sujeto pasivo».
Lo normal es que el IVA lo declare quien hace la obra. El artículo 84.Uno.2.º f) de la Ley del IVA le da la vuelta en las obras. La Agencia Tributaria lo resume así: en las obras de construcción o rehabilitación para empresarios o profesionales, el IVA lo ingresa el dueño de la obra.
Tres preguntas, tres «sí»
Facturas sin IVA cuando las tres respuestas son «sí». Con un solo «no», facturas con IVA, como siempre.
- 01 · La obra
Urbanización, construcción o rehabilitación
De terrenos o de edificios. Da igual que pongas el material o solo la mano de obra. También cuenta ceder a tu personal para hacerla.
- 02 · El contrato
Con el promotor, o en la cadena
Contrato directo entre el promotor y el contratista. La regla sigue bajando: el contratista principal frente a sus subcontratas, y cada subcontrata frente a las suyas.
- 03 · El cliente
Un empresario que actúa como tal
Quien recibe tu factura es empresario o profesional en esa obra. Un particular o un ayuntamiento que no actúa como empresario quedan fuera, aunque entre el constructor y sus subcontratas la regla se sigue aplicando.
El ejemplo de la AEAT en su manual práctico de IVA: un ayuntamiento que encarga una biblioteca pública de uso gratuito no actúa como empresario, así que no hay inversión del sujeto pasivo.
Qué cuenta como rehabilitación
Una reforma no es lo mismo que una rehabilitación. La ley la define «a los efectos de esta ley» en su artículo 20.Uno.22.º B), y tienen que darse las dos condiciones:
- 01
Más del 50 % del coste del proyecto va a consolidar o tratar estructura, fachadas o cubiertas, o a obras análogas o conexas.
- 02
El coste total supera el 25 % del precio de compra del edificio, si se compró en los dos años anteriores a la obra, o de su valor de mercado al empezar. En los dos casos, sin contar el suelo.
- Obras análogas: refuerzo estructural, cimentación, pilares o forjados, ampliar la superficie construida, reconstruir fachadas y patios, e instalar ascensores.
- Obras conexas: albañilería, fontanería, carpintería, instalaciones eléctricas, de agua y de climatización, protección contra incendios y rehabilitación energética. Cuentan solo si van ligadas a la parte estructural y cuestan menos que ella. No cuentan el mero acabado o adorno, ni pintar o mantener la fachada.
La AEAT añade en su página de construcción y rehabilitación que la reforma interior de una vivienda no es construcción, y que ampliarla sí lo es si gana superficie habitable. Para probar que una obra es rehabilitación cita dictámenes técnicos o el visado del colegio profesional.
Situaciones típicas de albañil, fontanero y electricista
Albañil, fontanero o electricista subcontratado por una constructora en una obra nueva
Sin IVA
Sin IVA y con la mención. Es el caso de manual de la subcontrata.
Contrato directo con un promotor empresario para construir o rehabilitar un edificio
Sin IVA
Sin IVA y con la mención. El promotor declara el IVA.
Construir la nave o la sede de una empresa
Sin IVA
Sin IVA: la AEAT pone este ejemplo con una sociedad y su sede social.
Ceder tus peones a una constructora para una obra nueva
Sin IVA
Sin IVA: la ley incluye las cesiones de personal para estas obras.
Reforma del baño o la cocina de un particular
Con IVA
Con IVA, al 10 % o al 21 % según la guía del IVA en reformas.
Particular que se hace su propia casa
Depende
Con IVA si le facturas tú directamente al particular. Si vas de subcontrata del constructor de esa casa, sin IVA: la regla se aplica en la cadena aunque el dueño sea un particular (DGT, V2583-12).
Reparación corriente para una comunidad de propietarios (bajante, cuadro eléctrico, goteras)
Con IVA
Con IVA: reparar no es urbanizar, construir ni rehabilitar. Puede ir al 10 %.
Rehabilitación de fachada o cubierta pagada por una comunidad de propietarios
Con IVA
Normalmente con IVA: la comunidad de propietarios no suele actuar como empresario (solo si, por ejemplo, alquila un local o la fachada). Si es rehabilitación de un edificio de viviendas, puede ir al 10 % (DGT, V1576-25). Si vas de subcontrata de la constructora, en cambio, sin IVA.
Reformar el local de una empresa
Depende
Con IVA si es una reforma. Sin IVA solo si la obra cumple la definición legal de rehabilitación.
Arreglar una avería o hacer el mantenimiento de una empresa
Con IVA
Con IVA: no es urbanización, construcción ni rehabilitación.
Vender material sin instalar a una constructora
Con IVA
Con IVA: es una venta de material, no una ejecución de obra.
Qué te tiene que decir quien te contrata
Según el artículo 24 quater del Reglamento del IVA, el promotor tiene que comunicarle al contratista, de forma expresa y fehaciente, que actúa como empresario y que la obra es de urbanización, construcción o rehabilitación. El contratista, a sus subcontratas, que la obra es de ese tipo. Se hace antes de la obra o a la vez, y vale una declaración escrita y firmada. Pídela y guárdala con la factura.
La factura de un electricista subcontratado
Ejemplo inventado. Una constructora levanta un bloque de viviendas para un promotor y subcontrata la instalación eléctrica de dos plantas a un electricista autónomo. Le ha confirmado por escrito que la obra es de construcción.
Factura 2026-041
Ejemplo
- Cliente
- Constructora (nombre, domicilio y NIF)
- Concepto
- Instalación eléctrica, plantas 1 y 2
- Base imponible
- 6.000,00 €
- Cuota de IVA
- —
- Total a cobrar
- 6.000,00 €
Inversión del sujeto pasivo (art. 84.Uno.2.º f) de la Ley 37/1992)
La mención la exige el artículo 6.1 m) del Reglamento de facturación, y el NIF del cliente es obligatorio porque él es el sujeto pasivo (letra d). Añadir el artículo de la ley es opcional: la norma solo pide la mención.
Y en el 303 de cada uno
A grandes rasgos, según las instrucciones del Modelo 303 de 2026. El detalle lo lleva tu gestoría.
El electricista
- Declara los 6.000 € de base en la casilla 122, sin IVA.
- El IVA del cable y los mecanismos que compra lo sigue deduciendo (art. 94 de la Ley del IVA).
- Como no cobra IVA y sí lo paga, es fácil que el 303 le salga negativo: normalmente queda a compensar en los trimestres siguientes. La devolución, salvo que esté en el registro de devolución mensual, solo se pide en el último trimestre del año; su gestoría le dirá.
La constructora
- Calcula el IVA: 6.000 × 21 % = 1.260 €. Es subcontrata, y el 10 % de la obra nueva de viviendas no llega a las subcontratas.
- Declara 6.000 € y 1.260 € como IVA devengado (casillas 12 y 13).
- Si puede deducirlo entero, lo pone también como IVA soportado y una cosa anula la otra.
Si llevas tus facturas en Trimestre, al mandar el trimestre a tu gestoría avísale de cuáles van con inversión del sujeto pasivo. Así no las confunde con un olvido del IVA.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la inversión del sujeto pasivo en la construcción?
Es la regla del artículo 84.Uno.2.º f) de la Ley del IVA. En las obras de urbanización, construcción o rehabilitación de edificios contratadas entre el promotor y el contratista, y en la cadena de subcontratas, quien hace la obra no cobra el IVA: lo declara el empresario que la recibe. La factura va sin IVA y con la mención «inversión del sujeto pasivo».
¿Una reforma para un particular va con inversión del sujeto pasivo?
No. La regla solo se aplica cuando quien recibe la obra es un empresario o profesional que actúa como tal. A un particular se le factura con IVA: al 10 % si cumple los requisitos de las reformas de vivienda, y si no, al 21 %.
¿Qué tiene que decir la factura?
Los datos de siempre, el NIF del cliente (obligatorio cuando él es el sujeto pasivo), la base imponible sin cuota de IVA y la mención «inversión del sujeto pasivo», que exige el artículo 6.1 m) del Reglamento de facturación.
¿Cómo sé si una obra es una rehabilitación?
La ley la define en el artículo 20.Uno.22.º B): más del 50 % del coste del proyecto tiene que ir a estructura, fachadas, cubiertas u obras análogas o conexas, y el coste total tiene que superar el 25 % del precio de compra del edificio (si se compró en los dos años anteriores) o de su valor de mercado, sin contar el suelo. Pide que te lo confirme por escrito quien te contrata.
¿Me afecta si trabajo de subcontrata para otro autónomo?
Sí, si la obra es de urbanización, construcción o rehabilitación y él actúa como empresario. La ley extiende la regla a los subcontratistas de la cadena: él declara el IVA de tu factura.
¿Y si ya la facturé con IVA y tocaba inversión del sujeto pasivo?
Se corrige con una factura rectificativa: el artículo 15 del Reglamento de facturación la exige cuando las cuotas de IVA se determinaron mal. Tu gestoría te dice cómo ajustarlo en el 303.
Hasta dónde llega esta guía
- Decir si una obra concreta es «rehabilitación» puede exigir un proyecto, un dictamen técnico o el visado del colegio. Esta guía da la definición, no el veredicto.
- No entra en otros casos de inversión del sujeto pasivo (oro, chatarra, móviles, ventas de inmuebles) ni en empresas no establecidas en España.
- Las casillas del 303 son las del régimen general en las instrucciones de 2026. Qué te sale a ingresar, a compensar o a devolver lo cierra tu gestoría.
- No cubre Canarias (IGIC), Ceuta ni Melilla (IPSI), ni el País Vasco o Navarra.
- Trimestre te enseña una previsión orientativa: no presenta el 303 por ti.
Lo siguiente que te sirve
- IVA del 10 % en reformas de viviendaCuando el cliente es un particular: el 10 %, el 21 % y el tope del 40 % de material.
- Calculadora de factura con IVALa base, el IVA y el total de una factura, en un momento.
- Trimestre para albañilesObra nueva, reformas y el trimestre ordenado para la gestoría.
- Trimestre para fontanerosSubcontratas y clientes particulares, cada factura en su sitio.
- Trimestre para electricistasInstalaciones en obra nueva y reparaciones, con el IVA de cada una a la vista.
- Calendario fiscal del autónomoCuándo se presenta el 303 donde van estas facturas.
Referencias oficiales
Enlaces a la Agencia Tributaria y al BOE para contrastar la norma. Son el punto de partida, no un criterio para tu caso.
- BOE · Ley del IVA, artículo 84.Uno.2.º f)Obras de urbanización, construcción o rehabilitación entre promotor y contratista, con o sin materiales, y cesiones de personal: el IVA lo declara el empresario que recibe la obra. También en subcontratas.
- BOE · Ley del IVA, artículo 20.Uno.22.º B)Qué es una rehabilitación «a los efectos de esta ley»: más del 50 % en estructura, fachadas o cubiertas, y un coste superior al 25 % del valor del edificio sin suelo.
- BOE · Reglamento del IVA, artículo 24 quater, apartados 3 a 7Quien te contrata te comunica, antes o en el momento, que actúa como empresario y que la obra es de urbanización, construcción o rehabilitación. Puede hacerlo con una declaración escrita y firmada.
- BOE · Reglamento de facturación, artículo 6.1 d) y m)Letra m): la mención «inversión del sujeto pasivo». Letra d): el NIF del cliente es obligatorio cuando él es el sujeto pasivo.
- BOE · Reglamento de facturación, artículo 15Si el IVA de una factura se puso mal, se corrige con una factura rectificativa.
- BOE · Ley del IVA, artículo 94.Uno.1.º a)Las operaciones sujetas y no exentas dan derecho a deducir el IVA de lo que compras para hacerlas.
- AEAT · ¿En qué casos no tengo que repercutir IVA? Inversión del sujeto pasivoObras de construcción o rehabilitación para empresarios o profesionales: el dueño de la obra ingresa el IVA.
- AEAT · Manual práctico de IVA 2026: sujetos pasivosEjemplos de la AEAT: la constructora que subcontrata puertas y ventanas, y el ayuntamiento que no actúa como empresario.
- AEAT · Obras de construcción o rehabilitaciónEl 10 % de la obra nueva de viviendas solo vale entre promotor y contratista; no se aplica a las subcontratas.
- AEAT · Instrucciones del Modelo 303 (2026)Casillas 12 y 13: IVA devengado por inversión del sujeto pasivo. Casilla 122: operaciones con inversión del sujeto pasivo de quien factura.
- DGT · Consulta vinculante V2583-12 (27 de diciembre de 2012)Búscala por su número en la base de datos de la DGT. Criterios del art. 84.Uno.2.º f): en la cadena de subcontratas se aplica con independencia de que el promotor actúe o no como empresario.
- DGT · Consulta vinculante V1576-25 (5 de septiembre de 2025)Búscala por su número en la base de datos de la DGT. Una comunidad de propietarios que rehabilita su edificio actúa, en general, como consumidor final: no hay inversión del sujeto pasivo en las obras que se le facturan.
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